El 25 de diciembre y el 01 de enero por ser día festivo o inhábil, de acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, se deben de pagar triple, es decir el sueldo normal del día y el doble más, explicó el Coordinador de la zona sur de Sinaloa, de la Defensa del Trabajo, Carlos Alberto Lugo Cervantes.
Señaló que en algunas ocasiones los propietarios de los negocios, les dan como propuesta a sus trabajadores otorgarles un día libre de descanso en otra fecha, por este día festivo, sin embargo precisó que esto vulnera sus derechos como trabajadores.
Lugo Cervantes dijo que este tipo de situaciones se presenta en su mayoría en restaurantes y plazas comerciales.