Aumento de 4.2% al salario mínimo


El salario mínimo para el área geográfica "A", será de 70.10 pesos diarios y para el área geográfica "B", 66.45 pesos diarios
Aumento de 4.2% al salario mínimo

Por Redacción TVP

viernes, 19 de diciembre de 2014 0:00

La Comisión Nacional de Salarios Mínimos acordó otorgar un aumento general a los salarios mínimos de las dos áreas geográficas para el 2015 de 4.2%, y entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2015 A través de un comunicado, la Comisión Nacional de los Salarios Mínimos (CONASAMI) señaló que el aumento a los salarios mínimos legales que regirán a partir del primero de enero de 2015 son: área geográfica A, 70.10 pesos diarios y área geográfica B, 66.45 pesos diarios. El Consejo de Representantes acordó mantener para el 2015, la actual integración de las áreas geográficas para la aplicación de los salarios mínimos, así como el mismo número de actividades, profesiones, oficios y trabajos especiales para los que rige un salario mínimo profesional. POR ÁREAS GEOGRÁFICAS Para el área geográfica "A" será de 70.10 pesos diarios. Esta área comprende el Distrito Federal y su área metropolitana, los estados de Baja California y Baja California Sur, las ciudades de Acapulco, Gro., Ciudad Juárez, Chih., Guadalajara, Jal. y su área conurbada, Monterrey, N.L. y su área metropolitana, Hermosillo, Son., Matamoros y Reynosa, Tamps. y Coatzacoalcos, Ver., entre otras. En el área geográfica "B" el salario mínimo general será de 66.45 pesos diarios. Este salario aplicará en entidades federativas como Aguascalientes, Campeche, Coahuila, Colima, Chiapas, Durango, Guanajuato, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Nayarit, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco, Tlaxcala, Yucatán y Zacatecas; así como en municipios específicos de los estados de Chihuahua, Guerrero, Jalisco, Estado de México, Nuevo León, Sonora, Tamaulipas y Veracruz que no estén en el área geográfica A. En lo relativo a los salarios mínimos profesionales, el CONASAMI determinó un aumento en la misma proporción en que lo hicieron los mínimos generales, conservando para cada profesión, oficio o trabajo especial el mismo porcentaje de percepción por arriba del mínimo general.

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