Sin derecho a pensión de viudez u orfandad al morir un elemento.


Por ley, el policía requiere tener 15 años, de lo contrario su familia no podrá gozar de este derecho.

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viernes, 26 de diciembre de 2014 0:00

Dos niñas de 13 y 10 años de edad no cuentan derecho a pensión de orfandad porque su padre, un policía asesinado no cumplía con los 15 años que exige la ley para obtener el beneficio Edelmira Pérez Dominguez, viuda del comandante de la Policía Estatal Preventiva, Alejandro Osuna Ríos toca puertas inútilmente, la Ley de Seguridad Pública del Estado de Sinaloa estipula que una viuda o huérfanos tendrán derecho a la pensión respectiva a partir que el elemento tenga 15 años al servicio de la corporación. Esta disposición ha significado un problema más para esta mujer y sus dos hijas porque se intentan reponer a diario del homicidio del padre de familia que fue asesinado en su propia casa, pero también luchan por vivir en medio de una difícil situación económica. Sobre el tema, el secretario estatal de seguridad pública, Genaro García Castro consideró que desde el primer día de ingreso, un elemento recibe un riesgo y por tanto enviaron al Congreso del Estado una iniciativa de reformas de ley para revertir esta situación. Por su parte, el presidente de la Comisión de Seguridad del Congreso del Estado, Cesar Fredy Montoya aseguró que la propuesta de ley que trata este y otros temas en beneficio de los elementos policíacos se encuentra a punto de dictaminarse y ser llevada al pleno para su discusión. Reflexionó que la actual ley en esta disposición no es sensible para con las familias de los elementos caídos. El comandante Alejandro Osuna Ríos quien estaba asignado a la seguridad del penal de Culiacán recibió un homenaje póstumo y en su momento el entonces secretario de seguridad publica, Francisco Córdova Celaya reconoció que su labor fue ejemplar, sin embargo ahora la viuda y sus hijas no gozan de la pensión económica respectiva porque la ley no lo permite.

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