Diputados sostienen en un peso el impuesto a bebidas azucaradas
La Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular, por 414 votos a favor y 41 en contra, la minuta del proyecto de decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Miscelánea Fiscal para 2016.
El pleno avaló en sus términos el texto que envió la colegisladora, el cual modifica las leyes Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, de los impuestos sobre la Renta y Especial sobre Producción y Servicios, así como el Código Fiscal de la Federación.
La minuta que aprobó el Senado no sufrió modificación alguna en San Lázaro, con lo cual se elimina la adición aprobada previamente por los diputados para reducir en 50 por ciento la cuota para determinadas bebidas azucaradas y regresar a la anterior carga impositiva de un peso.
En cuanto a la Ley del Impuesto sobre la Renta, dijo, se proponen las modificaciones a los artículos 112, fracción IV y V; 151, fracción I y último párrafo del artículo; y la adición de un artículo transitorio, tratando los temas siguientes:
Se incrementa la cantidad propuesta de 100 pesos por un monto de hasta 250 pesos para que los contribuyentes del Régimen de Incorporación Fiscal no expidan comprobantes fiscales.
Respecto a las deducciones personales, dijo, que se precisa en relación con la deducción personal por incapacidad aprobada, que el beneficio se podrá aplicar tanto cuando se cuente con un certificado de incapacidad o de discapacidad y que dichos documentos podrán ser emitidos por las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud, y se modifica de 10 a 15 por ciento el límite del monto total de deducciones.
Indicó que en la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios se adiciona un último párrafo a la fracción III del artículo 5. del decreto y se elimina la adición de un tercer párrafo al inciso g), fracción I, del artículo 2., sobre los temas siguientes:
Respecto al precio de la gasolina se adicionó que se ajustará considerando la inflación esperada, con la finalidad de minimizar el impacto al consumidor derivado del aumento en el precio ponderado de los mercados internacionales.
Es decir, se establece una banda de topes máximos y mínimos del precio de los combustibles, con lo que el movimiento de precios sería de acuerdo al comportamiento inflacionario que este año es de aproximadamente tres por ciento.
Con esa redacción, explicó, el precio de las gasolinas y el diesel reflejarán el valor real de estos productos manteniendo el poder adquisitivo de los mexicanos.
Además, abundó, se elimina la adición aprobada para reducir en un 50 por ciento la cuota para determinadas bebidas azucaradas. Las empresas refresqueras seguirán pagando un peso de impuesto, incluso, con bebidas con menos de gramos de azucares por cada 100 mililitros.
En cuanto al Código Fiscal de la Federación, abundó, se eliminan los requisitos de profesionalización para los contadores públicos en materia de dictaminación fiscal.
Sobre la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, continuó, se adiciona una disposición transitoria para establecer la facultad de la Auditoría Superior de la Federación para revisar directamente los proyectos de infraestructura de las entidades federativas y de los municipios, no incluidos en el proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal.
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