Aborto por violación.
El Gobierno Federal a través de la Secretaría de Salud, emitió una norma oficial en la que ordena a las instituciones públicas del País, prestadoras de servicio a practicar abortos a mujeres en caso de sufrir violación.
El Abogado Cajemense Carlos Amaya Guillén; emitió su opinión en torno a éste tema y señaló el Artículo 117 del código civil para el Estado de Sonora.
Por principio de cuentas las mujeres que sufran una violación, deben interponer su denuncia correspondiente como antecedente y aunque la decisión la toma cada mujer, no habrá quien regule el dicho de la presunta víctima.
Desde el momento mismo de la concepción el embrión o feto tiene derechos y garantías avalados por la Constitución, en caso contrario la práctica del aborto sería un homicidio, así lo explico el Abogado.
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