El director de Seguridad Pública en Bácum, Jesús Alberto Navarro Salas afirmó que la Ley de Tránsito en su Artículo 10 prevé el retener documentos cuando una persona comete una infracción y no cuenta con los recursos para pagar.
Esto, en relación a la denuncia presentada la semana pasada por un ciudadano originario de Cajeme quien al pasar por dicho municipio un elemento de Tránsito le retuvo tanto la licencia como una de las placas lo que consideró en ese momento un abuso de autoridad.
En el segundo párrafo del Artículo 10 de la Ley de Tránsito para el Estado de Sonora señala que:
"Los integrantes de las policías de tránsito municipales no podrán recoger ni exigir la entrega de licencias, tarjetas de circulación, placas y vehículos sino en los casos previstos expresamente en esta Ley, en la comisión de un delito, o cuando el conductor, siendo procedente de otro Estado o país no garantice el cumplimiento del pago de las infracciones en que incurra"
Navarro Salas recalcó que actualmente ningún municipio en Sonora se encuentra en la base estatal de multas sino cada municipio cuenta con su propia base de información, de ahí que siempre se pide la carta de no adeudo del municipio a la hora de sacar placas.
Tras señalar que son muchas las personas que cometen infracciones al ser dicho municipio un lugar de paso y no ven los indicadores, el director de Seguridad descartó que en el referido caso se hubiera presentado abuso de autoridad.
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