A través del Sistema de Administración Tributaria, la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dio a conocer las facilidades para
las personas físicas presenten su declaración anual del Impuesto Sobre la Renta
del ejercicio fiscal 2017. Alberto Mario Soto, Administrador Desconcentrado de
Servicios al Contribuyente, dio a conocer que el plazo para los contribuyentes
obligados es el 30 de abril.
Agregó que la declaración la podrán hacer sin necesidad de acudir a las oficinas ubicadas en calle Kino y 200.
Están obligados a presentar esta declaración quienes
obtienen ingresos a través de la prestación de servicios profesionales, que
realizan actividades empresariales, por arrendamiento o intereses, así como los
asalariados con dos o más fuentes de ingreso.
El funcionario agregó que como un facilidad, los
asalariados que solo tengan un patrón, no están obligados a declarar; pero si
tienen deducciones personales que puedan resultar en un saldo a favor, pueden
presentar su declaración en cualquier momento del año.
Notas de interés: