El Instituto Mexicano del Seguro
Social dio a conocer los beneficios fiscales para patrones y trabajadores
eventuales del campo 2019-2020, de acuerdo con el Decreto publicado en el
Diario Oficial de la Federación.
Dicho Decreto, con vigencia hasta el
31 de diciembre de 2020, consiste en eximir parcialmente o reducir el pago de
las cuotas obrero-patronales, con el objeto de promover la afiliación de los
trabajadores eventuales del campo.
Roberto Alejandro Guzmán, titular de
la División de Incorporación Voluntaria y Convenios, dio a conocer ante
patrones productores del campo michoacano que, de acuerdo con las instrucciones
del Director General, Germán Martínez Cázares, impulsarán en el país la
incorporación de las familias campesinas y de los trabajadores del campo a los
beneficios de la seguridad social.
Agregó que este Decreto, además de
los beneficios fiscales, otorga las facilidades administrativas para movimiento
afiliatorios, acceso a servicios médicos y servicios de guarderías con mayor
premura, pues una vez que se ha hecho la inscripción, en caso de ser necesario,
el trabajador podrá gozar de estos beneficios a los 7 días siguientes.
Juan Manuel Montañez González, titular de la Subdivisión de Incorporación Voluntaria y Trabajadores Eventuales, explicó que este Decreto es una medida de estímulo que creó el IMSS, una vez que fue declarado con carácter obligatorio para la inscripción de los trabajadores del campo, en el año 2007, pero se han hecho modificaciones, ésta última que tendrá una vigencia de dos años y fenecerá el 31 de diciembre de 2020.
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