Diputados aprueban que los patrones paguen parte de la luz y el internet de sus empleados en home office


Con 440 votos a favor y 2 en contra, la Cámara de Diputados, ha avalado el reformar la Ley Federal del Trabajo en los siguientes artículos, con respecto al trabajo a distancia.
Diputados aprueban que los patrones paguen parte de la luz y el internet de sus empleados en home office

Por Redacción TVP

miércoles, 9 de diciembre de 2020 11:15

Este martes por la tarde, la Cámara de Diputados, ha hecho reformas y adiciones al artículo 311 y al capítulo XII bis de la Ley Federal de trabajo, para reconocer y regular el trabajo a distancia, mejor conocido por el término "home-office",

De esta forma, el trabajo que se realiza para un patrón, pero en la misma casa del trabajador, o el local que asigne el empleador, tendrá las siguientes remuneraciones.

Por un lado, el patrón deberá pagar los servicios de telecomunicación (internet) del empleado y la parte proporcional de electricidad que gaste

Medios nacionales refieren que el empleador tiene la obligación de aportar los medios, recursos y herramientas necesarias para cumplir con el trabajo como: equipo de cómputo, sillas ergonómicas e impresora. 


Asimismo, el empleado tiene la obligación de cuidar, guardar y conservar en buen estado los insumos que se le brinden para ejercer el trabajo. 

Al respecto, el diputado Manuel de Jesús Baldenegro subrayó que, más allá de las posiciones políticas e ideológicas, se construyó un marco normativo en favor de las personas trabajadoras y patrones en la modalidad de teletrabajo, la cual pasó a ser fundamental debido al confinamiento por COVID-19.

Las adiciones hechas al artículo 311 y al capítulo XII bis de la Ley Federal de Trabajo fue devuelto con modificaciones al Senado de la República.


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