La Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación resolvió que ni el Congreso del Estado ni su Órgano Interno de Control cuentan con potestad para conocer de la participación del Ejecutivo estatal, en este caso el gobernador Rubén Rocha Moya en un evento político realizado en el estado de Hidalgo, ni tampoco para determinar sanción alguna, es decir que el congreso del estado no tiene facultades para sancionar al gobernador por actos relacionados con probables delitos electorales.
Esta resolución se emitió en torno a la sentencia de la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, originada por una queja ante ese órgano por la participación del gobernador en ese evento electoral apoyando a un candidato del partido MORENA.
El presidente de la comisión de puntos constitucionales y gobernación del Congreso del Estado, Ambrosio Chávez, señaló que independientemente de que el congreso no tiene facultades para sancionar al gobernador por actos electorales, ven un trasfondo político en esta sentencia que emite el tribunal electoral del poder judicial de la federación que busca crear un conflicto entre el poder legislativo de Sinaloa y el jefe del ejecutivo, cuando es el mismo tribunal electoral el que debería de resolver esta situación, al ser esa instancia la que tiene facultades en la materia.