Por considerar que por el momento se verían afectadas las disposiciones de orden público, un Juez del Orden Federal habría negado la solicitud de amparo, en contra de las medidas cautelares impuestas por un juez local, al Rector de la Universidad Autónoma de Sinaloa, Jesús Madueña, quien fuera separado del cargo de manera provisional.
Luego del análisis a la solicitud de amparo, el Juzgado Segundo de Distrito en el Estado de Sinaloa, determino que entregar el amparo al Rector Madueña para que fuera restituido incumpliría con el segundo requisito establecido en el artículo 128 de la Ley de Amparo.
Según la solicitud de amparo, Madueña Molina reclamaba entre otras cosas, la determinación de 17 de octubre del año en curso, en la que se ordenaba modificar las medidas cautelares y adicionar a las ya impuestas la separación del cargo como rector de la UAS.
Sin embargo, en la respuesta debe negarse la suspensión provisional solicitada, toda vez que de conceder la medida cautelar para los efectos solicitados, equivaldría a darle efectos restitutorios que son propios de la sentencia.