En siete años, después de que la ley contemplara la Reproducción Humana Asistida y la Gestación Subrogada, en Sinaloa la Secretaría de Salud tiene la notificación de 146 contratos de maternidad.
En México, la gestación subrogada ha sido regulada de forma especifica únicamente en dos estados, siendo Sinaloa y Tabasco quienes contemplan esta figura en sus códigos.
De conformidad al artículo 293 del código familiar del Estado de Sinaloa, dice: "Una vez que sea suscrito el instrumento, deberá ser notificado en sus efectos a la Secretaría de Salud y al oficial de registro civil, para que el estado de la persona menor nacida mediante esta práctica, sea contemplado en su filiación como hijo desde el momento de la fecundación de sus progenitores biológicos, es decir, madre y padre o madre subrogados".
Cabe señalar que la gestación subrogada es un proceso por el cual una mujer lleva en su vientre a un bebé que se formó de un embrión con espermatozoides donados. La edad de las madres gestantes debe oscilar entre los 25 y 35 años de edad y se establecen prohibiciones de adicciones.
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