La Suprema Corte de Justicia de la Nación aceptó el proyecto del ministro Alberto Pérez Dayán del amparo directo 9/2018, con el que se determinó que no existe alguna razón constitucionalmente válida por la cual la Ley Federal del Trabajo y la Ley del IMSS excluyan el trabajo doméstico del régimen obligatorio de seguridad social, lo cual, consideraron “provoca una discriminación injusta contra dichas trabajadoras”.
La @SCJN declara discriminatorio excluir a las empleadas domésticas del régimen obligatorio del IMSS: https://t.co/oMhFLVF6R0 pic.twitter.com/aP27nJBd5t
— Suprema Corte (@SCJN) 5 de diciembre de 2018
Por ello, concedió el amparo con el que se hará de conocimiento al IMSS de esa situación discriminatoria, y ordenará que en un plazo prudente (primer semestre de 2019) el Instituto implemente un “programa piloto” que tenga como fin diseñar y ejecutar un régimen especial de seguridad social para las trabajadoras del hogar.
Este esquema deberá contemplar facilidades administrativas que les permitan cumplir de manera sencilla y clara las obligaciones patronales, y tendrá que ser de fácil implementación para los patrones, que en su mayoría son amas de casa o padres de familia.
En un plazo no mayor a 18 meses a partir de la implementación del referido programa piloto, el IMSS deberá proponer al Congreso de la Unión las adecuaciones legales necesarias para la incorporación formal del nuevo sistema especial de seguridad social para las trabajadoras del hogar.
La Corte estima que en un plazo no mayor a tres años se logrará obtener la seguridad social “efectiva, robusta y suficiente” para todas las empleadas domésticas en el país.
En respuesta, el nuevo Director del IMSS, Germán Martínez Cázares, dijo que acatarán inmediatamente la resolución.
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